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DE LOS COLORES Y SÍMBOLOS
Art. Nro.
46
Los colores de la Federación serán rojo,
blanco y azul y sus símbolos serán
constituidos por bandera, banderín y escudo.
Art. Nro. 47
La bandera será rectangular blanca teniendo
en el centro en la forma prevista en este
Estatuto.
Art. Nro. 48
El escudo será de forma circular
tronchadas en los colores nacionales en
forma ovalada, teniendo en su interior en
negro las letras FEFUSI.
En los casos no previstos en estos Estatutos
se aplicaran las disposiciones establecidas
en el Capitulo II, Titulo II, Libro primero
del Código Civil. |